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Legislación › Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia.

Artículo 24. Concurrencia de responsabilidades.

Artículo 24. Concurrencia de responsabilidades.

1. La imposición de cualquier sanción prevista en esta Ley no excluye la responsabilidad civil y penal que pueda corresponder al sancionado.

2. Asimismo, no impedirá, en su caso, la exigencia de responsabilidad de carácter disciplinario deportivo, cuando afecte a personas integradas en la Federación de Colombicultura o Colombofilia de la Región de Murcia y, en su caso en la Federación Española respectiva, con arreglo a sus respectivos Reglamentos de Disciplina Deportiva.

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