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Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 18 de febrero de 2012 · Último cambio el 1 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 3 redacciones · cambió el 18/02/2012
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Organización general del departamento.
  4. Artículo 2. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
  5. Artículo 3. Oficina Española del Cambio Climático.
  6. Artículo 4. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural.
  7. Artículo 5. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.
  8. Artículo 6. Dirección General del Agua.
  9. Artículo 7. Secretaría General de Agricultura y Alimentación. 2 redacciones · cambió el 30/04/2014
  10. Artículo 8. Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
  11. Artículo 9. Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.
  12. Artículo 10. Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal. 2 redacciones · cambió el 20/12/2014
  13. Artículo 11. Dirección General de la Industria Alimentaria.
  14. Artículo 12. Subsecretaría de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 2 redacciones · cambió el 30/04/2014
  15. Artículo 13. Secretaría General Técnica. 2 redacciones · cambió el 01/12/2015
  16. Artículo 14. Dirección General de Servicios.
  17. Artículo 15. Secretaría General de Pesca.
  18. Artículo 16. Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.
  19. Artículo 17. Dirección General de Ordenación Pesquera.
  20. Artículo 18. Consejo Superior Agrario.
  21. Disposición adicional primera. Supresión de organismos autónomos.
  22. Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
  23. Disposición adicional tercera. Modificación del rango orgánico de órganos directivos de determinados organismos autónomos.
  24. Disposición adicional cuarta. Delegación de competencias.
  25. Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
  26. Disposición adicional sexta. Excepción en los nombramientos de Directores Generales.
  27. Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
  28. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  29. Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
  30. Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
  31. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
  32. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  33. Firma