LexTotal

Legislación › Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la Circular n.º 80 reguladora de la asistencia sanitaria fuera del territorio nacional.

4. Procedimiento para el reintegro de gastos.

4. Procedimiento para el reintegro de gastos.

Para el reintegro de gastos de los apartados 1.5, 2.3 A) y 3.2 de la presente circular, el titular formulará la solicitud cumplimentando el impreso normalizado correspondiente, en el que deberá exponer los hechos y al que deberá adjuntar, los siguientes documentos:

A) En caso de asistencia médico-ambulatoria y/o dispensación de medicamentos y demás productos farmacéuticos en régimen ambulatorio: Informe médico de la asistencia en el que conste al menos, datos del paciente, fecha y lugar de la asistencia, diagnóstico y tratamiento prescrito.

B) En caso de asistencia médico-hospitalaria: Informe clínico de alta en el que figure, datos del paciente, fecha y lugar de la asistencia, fecha de ingreso y de alta hospitalaria, diagnóstico y tratamiento prescrito.

C) En todos los casos, facturas originales del centro sanitario, conteniendo todos los requisitos legales para su validez.

En todo caso, los informes médicos, prescripciones y facturas deberán haber sido emitidos fuera del territorio nacional.

D) Documentación justificativa del destino profesional o de la residencia en país de fuera del territorio nacional, en el caso de no constar en MUGEJU.

← 3 Índice 5 →