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Legislación › Ley 1/1990, de 6 de abril, por la que se determina la Capitalidad de los Partidos Judiciales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 2. Partidos judiciales: su identificación

Artículo 2. Partidos judiciales: su identificación

Los Partidos Judiciales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a los que se refiere la ley de Demarcación y de Planta Judicial, se identificarán, según se detalla en el artículo siguiente, por el nombre del municipio donde se fija su capitalidad.

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