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Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 6 de marzo de 2012 · Último cambio el 1 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no 3 redacciones · cambió el 06/03/2012
- Preámbulo
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
- Artículo 3. Secretaría General de Infraestructuras. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 4. Dirección General de Carreteras.
- Artículo 5. Secretaría General de Transporte. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 6. Dirección General de Aviación Civil. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 7. Dirección General de la Marina Mercante. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 8. Dirección General de Transporte Terrestre. 3 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 9. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 10. Subsecretaría de Fomento. 4 redacciones · cambió el 01/12/2015
- Artículo 11. Secretaría General Técnica. 4 redacciones · cambió el 01/12/2015
- Artículo 12. Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 13. Inspección General de Fomento. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 14. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
- Artículo 15. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
- Disposición adicional primera. Competencias compartidas.
- Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
- Disposición adicional tercera. Consejo de Obras Públicas y Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
- Disposición adicional cuarta. Suplencias.
- Disposición adicional quinta. Delegación de competencias.
- Disposición adicional sexta. Referencias a los órganos suprimidos.
- Disposición adicional séptima. Excepción en los nombramientos de los Directores Generales.
- Disposición adicional octava. Actualización de referencias.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


