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Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 6 de marzo de 2012 · Último cambio el 1 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 3 redacciones · cambió el 06/03/2012
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Organización general del Departamento.
  4. Artículo 2. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
  5. Artículo 3. Secretaría General de Infraestructuras. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  6. Artículo 4. Dirección General de Carreteras.
  7. Artículo 5. Secretaría General de Transporte. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  8. Artículo 6. Dirección General de Aviación Civil. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  9. Artículo 7. Dirección General de la Marina Mercante. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  10. Artículo 8. Dirección General de Transporte Terrestre. 3 redacciones · cambió el 23/12/2014
  11. Artículo 9. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  12. Artículo 10. Subsecretaría de Fomento. 4 redacciones · cambió el 01/12/2015
  13. Artículo 11. Secretaría General Técnica. 4 redacciones · cambió el 01/12/2015
  14. Artículo 12. Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  15. Artículo 13. Inspección General de Fomento. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  16. Artículo 14. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. 2 redacciones · cambió el 23/12/2014
  17. Artículo 15. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
  18. Disposición adicional primera. Competencias compartidas.
  19. Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
  20. Disposición adicional tercera. Consejo de Obras Públicas y Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
  21. Disposición adicional cuarta. Suplencias.
  22. Disposición adicional quinta. Delegación de competencias.
  23. Disposición adicional sexta. Referencias a los órganos suprimidos.
  24. Disposición adicional séptima. Excepción en los nombramientos de los Directores Generales.
  25. Disposición adicional octava. Actualización de referencias.
  26. Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  27. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  28. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre.
  29. Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
  30. Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
  31. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  32. Firma