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Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 6 de marzo de 2012 · Último cambio el 25 de julio de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 25/07/2017
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Organización general del Departamento.
  4. Artículo 2. Secretaría de Estado de Justicia. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
  5. Artículo 3. Secretaría General de la Administración de Justicia.
  6. Artículo 4. Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. 2 redacciones · cambió el 18/06/2014
  7. Artículo 5. Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
  8. Artículo 5 bis. Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
  9. Artículo 6. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
  10. Artículo 7. Subsecretaría de Justicia.
  11. Artículo 8. Secretaría General Técnica.
  12. Artículo 9. Dirección General de los Registros y del Notariado. 2 redacciones · cambió el 01/12/2015
  13. Artículo 10. Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
  14. Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
  15. Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
  16. Disposición adicional tercera. Adscripción de Abogados del Estado al Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  17. Disposición adicional cuarta. Puesta en marcha del Registro de fundaciones de competencia estatal.
  18. Disposición adicional quinta. Referencia a órganos suprimidos.
  19. Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  20. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para la percepción de retribuciones.
  21. Disposición transitoria tercera. Funciones residuales en materia de objeción de conciencia y prestación social sustitutoria.
  22. Disposición transitoria cuarta. Delegación de competencias.
  23. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  24. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  25. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
  26. Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
  27. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  28. Firma