Legislación › Real Decreto 455/2012, de 5 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a reducir la cantidad de vapores de gasolina emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor en las estaciones de servicio.
Disposición transitoria única. Estaciones de servicio existentes.
Disposición transitoria única. Estaciones de servicio existentes.
Lo dispuesto en este real decreto sólo será exigible a las estaciones de servicio existentes con un caudal superior a 3.000 m3 /año a partir del 31 de diciembre de 2018.


