LexTotal

Legislación › Ley 1/1989, de 13 de abril, por la que se modifica la calificación de determinadas infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial y se elevan las cuantías de las sanciones.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

En el plazo de un año a partir de la aprobación de la presente Ley, de forma reglamentaria, se establecerán los conocimientos precisos y pruebas que deberán superar aquellas personas que quieran pasar el examen de cazador, necesario para obtener la licencia de caza.

← Artículo 6 Índice Disposición transitoria primera →