Legislación › Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal.
Artículo 12. Coordinación.
Artículo 12. Coordinación.
Las actuaciones de las administraciones tributarias de los territorios históricos se coordinarán en los términos y forma establecidos en el Concierto Económico y en el presente capítulo, así como en las restantes leyes del Parlamento Vasco.


