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Legislación › Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal.

Artículo 12. Coordinación.

Artículo 12. Coordinación.

Las actuaciones de las administraciones tributarias de los territorios históricos se coordinarán en los términos y forma establecidos en el Concierto Económico y en el presente capítulo, así como en las restantes leyes del Parlamento Vasco.

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