Legislación › Ley 10/1988, de 29 de junio, para la Confluencia de las Ikastolas y la Escuela Pública.
Artículo 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de agosto de 1988 y la del 26 de febrero de 1993.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 1.
Mediante la presente Ley se habilita a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para suscribir a través del Departamento de Educación, Universidades e Investigación convenios particulares con las ikastolas como paso previo a su plena transformación en escuela pública. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de octubre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-23217 | Leer | Qué cambió |
| 26 de febrero de 1993 | BOE-A-2012-2008 | Leer | Qué cambió |
| 7 de agosto de 1988 | Texto original | Leer |


