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Legislación › Ley 11/1988, de 29 de junio, de creación del Instituto Vasco de Educación Física.

Artículo 11.

Artículo 11.

Constituyen recursos económicos del Instituto Vasco de Educación Física:

– Los fondos que se le asignen en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Vasca.

– Derechos de matrícula, expedición de títulos, diplomas, certificados y demás derechos por prestación de servicios.

– Los bienes y valores que constituyan su patrimonio.

– Los productos y rentas de dichos bienes.

– Los ingresos que puedan producir las actividades del Instituto en el ámbito de su competencia.

– Las dotaciones económicas que las Diputaciones Forales, Ayuntamientos u otras Entidades públicas o particulares puedan acordar.

– Las subvenciones que legalmente le sean concedidas.

– Los donativos de cualquier tipo que reciba y también las herencias, los legados y los premios que le sean concedidos.

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