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Legislación › Ley 11/1988, de 29 de junio, de creación del Instituto Vasco de Educación Física.

Artículo 4.

Artículo 4.

El Patronato Rector estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Consejero del Departamento de Cultura y Turismo.

Vicepresidente: El Viceconsejero de Juventud y Deportes.

Vocales:

– El Director de Deportes del Departamento de Cultura y Turismo.

– Los Diputados de Cultura de cada una de las Diputaciones Forales de los Territorios Históricos integrados en la Comunidad Autónoma.

– Dos representantes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

– Un representante del Consejo Social de la Universidad del País Vasco.

– Dos representantes nombrados por el Presidente del Patronato Rector, entre personas de reconocido prestigio en el campo de la educación física y el deporte.

– Dos representantes del Claustro de profesores del Instituto.

– Un representante de los alumnos del Instituto Vasco de Educación Física.

– El Director del Instituto Vasco de Educación Física.

– Un técnico del Departamento de Cultura y Turismo, que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

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