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Legislación › Ley 11/1988, de 29 de junio, de creación del Instituto Vasco de Educación Física.

Artículo 6.

Artículo 6.

Serán funciones propias del Patronato Rector, las siguientes:

– Velar por el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 3.

– Aprobar el Reglamento de Régimen Interno, que será propuesto por el Director.

– Aprobar el Plan Anual de actuación del Instituto.

– Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual para elevarlo al Gobierno.

– Aprobación de la memoria anual sobre la gestión y actuación del Instituto.

– La administración y gestión de los bienes y fondos adscritos al Instituto.

– Cualquier otras que se le asignen en las leyes y reglamentos.

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