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Legislación › Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes.

Artículo 27. Formación en prevención de riesgos laborales.

Artículo 27. Formación en prevención de riesgos laborales.

1. El Gobierno Regional promoverá la realización de actividades formativas de nivel básico en prevención de riesgos laborales, sectorial o especifica dirigida a las personas emprendedoras.

2. En la impartición de las actividades formativas podrán participar asociaciones de trabajadores autónomos, asociaciones patronales y sindicales y otras asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.

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