Legislación › Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos.
Artículo 59. Mínimo exento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de marzo de 2012 y la del 31 de marzo de 2017.
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Artículo 59. Mínimo exento.
Con efectos de 31 de diciembre de 2011, se modifica el artículo 2 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, que queda redactado del siguiente modo: (Derogado).
«Artículo 2. Mínimo exento.
El importe del mínimo exento en el impuesto sobre el patrimonio se fija en 700.000 euros.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2017 En vigor | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2012 | Texto original | Leer |


