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Legislación › Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos.

Artículo 99. Ámbito de aplicación.

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Artículo 99. Ámbito de aplicación.
El impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos es aplicable en todo el territorio de Cataluña. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 2017 En vigor BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 2012 Texto original Leer

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