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Legislación › Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos.

Disposición derogatoria segunda. Instituto Catalán de Finanzas.

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Disposición derogatoria segunda. Instituto Catalán de Finanzas.
Se deroga el apartado 2 del artículo 11 del texto refundido del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por el Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-13535 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2012 Texto original Leer

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