Legislación › Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.
Artículo 141. Modificación del artículo 26 de la Ley 5/1998.
Artículo 141. Modificación del artículo 26 de la Ley 5/1998.
Se modifica el artículo 26 de la Ley 5/1998, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 26. Recursos y actos administrativos.
1. Los recursos administrativos, reclamaciones y revisiones formulados contra los actos dictados en ejercicio de potestades administrativas por los órganos de gobierno y de gestión de Puertos de la Generalidad se rigen por lo establecido por la legislación sobre régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas.
2. Para la interposición de recursos administrativos, el Comité Ejecutivo tiene como órgano superior el presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad.
3. Los actos administrativos del presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad ponen fin a la vía administrativa.»


