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Legislación › Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.

Artículo 141. Modificación del artículo 26 de la Ley 5/1998.

Artículo 141. Modificación del artículo 26 de la Ley 5/1998.

Se modifica el artículo 26 de la Ley 5/1998, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 26. Recursos y actos administrativos.

1. Los recursos administrativos, reclamaciones y revisiones formulados contra los actos dictados en ejercicio de potestades administrativas por los órganos de gobierno y de gestión de Puertos de la Generalidad se rigen por lo establecido por la legislación sobre régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas.

2. Para la interposición de recursos administrativos, el Comité Ejecutivo tiene como órgano superior el presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad.

3. Los actos administrativos del presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad ponen fin a la vía administrativa.»

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