Legislación › Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.
Disposición final quinta. Sentido del silencio en determinados procedimientos administrativos.
Disposición final quinta. Sentido del silencio en determinados procedimientos administrativos.
En los procedimientos administrativos de autorización de uso de la zona de servidumbre de protección correspondiente al litoral de Cataluña y de inscripción en el Registro de Centros Especiales de Trabajo para Personas con Disminución de Cataluña, y sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente, el vencimiento del plazo de seis meses sin que se haya notificado la resolución expresa legitima a la persona interesada para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud.


