Legislación › Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.
Disposición transitoria octava. Sistema de contribución económica del coste de las obras de regadío
Disposición transitoria octava. Sistema de contribución económica del coste de las obras de regadío
El sistema de contribución económica del coste de las obras de regadío a ejecutar establecido por el artículo 47.2.a.2 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, en la redacción donada por la presente ley, puede ser aplicable a las obras que estén en ejecución en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, siempre que sea viable técnicamente y económicamente.
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