Legislación › Ley 9/1982, de 24 de noviembre, por la que se crea el Ente Vasco de la Energía.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
En el momento previsto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la presente Ley quedará derogada la Ley del Parlamento 11/1981, de 18 de noviembre, de «Creación del Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero», a excepción de los artículos enumerados en el apartado 1 de aquélla.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


