Legislación › Ley 4/2012, de 26 de abril, de medidas urgentes de racionalización del sector público empresarial.
Disposición final primera. Modificación de los artículos 146 y 147 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 2012 y la del 1 de enero de 2014.
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Disposición final primera. Modificación de los artículos 146 y 147 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón.
Se modifican los artículos 146 y 147 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, que quedan redactados como sigue: (Derogada)
«Artículo 146. Comisión de auditoría y control.
Las sociedades mercantiles autonómicas calificadas como sociedad matriz con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136 de esta Ley y que, conforme a lo previsto en el artículo 135 de la misma, tengan atribuida la responsabilidad de entidad de gestión, deberán constituir una comisión de auditoría y control, dependiente del consejo de administración, con la composición y funciones que se determinen en una norma con rango legal o, en su defecto, en sus estatutos sociales, a los efectos de supervisar los procesos de auditoría externa e interna de las sociedades integrantes de su grupo empresarial.
Artículo 147. Presidente y consejero delegado.
Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de las sociedades mercantiles autonómicas de capital íntegramente público, se efectuarán en virtud de propuesta vinculante efectuada por el Gobierno de Aragón.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2013-90260 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 2012 | Texto original | Leer |
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