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Legislación › Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco/Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

En el supuesto de que en las sucesivas renovaciones del Consejo se produjera un desacuerdo en la designación de las y los miembros a que se refiere el artículo 4.1 c), transcurridos treinta días desde la fecha en que se debiera haberse producido, el lehendakari o la lehendakari, previa audiencia de las organizaciones afectadas y por resolución motivada, efectuará la designación.

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