Legislación › Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
ANEXO X
ANEXO X
Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente
| Módulos de enseñanza deportiva, ciclo de grado superior | Experiencia docente |
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MED-ESES301 Planificación del alto rendimiento en esgrima. MED-ESES302 Preparación complementaria en esgrima. MED-ESES303 Dirección técnica y organización de eventos. MED-ESES304 Nuevas tecnologías en esgrima. MED-ESES305 Técnica de Espada. MED-ESES306 Técnica de Florete. MED-ESES307 Técnica de Sable. MED-ESES308 Proyecto. |
Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del RD 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del RD 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, el triple de la horas establecidas en este real decreto, como enseñanzas mínimas del módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa. |
La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.


