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Legislación › Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO X

ANEXO X

Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Módulos de enseñanza deportiva, ciclo de grado superior Experiencia docente

MED-ESES301 Planificación del alto rendimiento en esgrima.

MED-ESES302 Preparación complementaria en esgrima.

MED-ESES303 Dirección técnica y organización de eventos.

MED-ESES304 Nuevas tecnologías en esgrima.

MED-ESES305 Técnica de Espada.

MED-ESES306 Técnica de Florete.

MED-ESES307 Técnica de Sable.

MED-ESES308 Proyecto.

Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del RD 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del RD 1363/2007, de 24 de octubre.

La experiencia deberá ser de, el triple de la horas establecidas en este real decreto, como enseñanzas mínimas del módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.

La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

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