LexTotal

Legislación › Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.

Artículo 62. Innovación turística.

Artículo 62. Innovación turística.

La Consejería competente en materia de turismo apoyará la innovación y la modernización tecnológica de las empresas, establecimientos y servicios turísticos, así como la generación y transferencia de conocimiento al sistema turístico andaluz, como instrumento estratégico para incrementar su competitividad y sostenibilidad.

← Artículo 61 Índice Artículo 63 →