Legislación › Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.
Disposición transitoria quinta. Régimen sancionador.
Disposición transitoria quinta. Régimen sancionador.
La presente Ley no será de aplicación a los procedimientos sancionadores iniciados antes de su entrada en vigor, los cuales se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes en el momento de su incoación, salvo que lo dispuesto en esta Ley resulte más favorable para la persona presuntamente infractora.
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