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Legislación › Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.

Artículo 100. Cooperativas de seguros.

Artículo 100. Cooperativas de seguros.

Son sociedades cooperativas de seguros las que tienen por objeto el ejercicio de la actividad aseguradora para sus socios y socias en cualquiera de las formas admitidas en derecho. Estas sociedades cooperativas se regirán por la presente ley, en el reglamento que la desarrolle y en lo previsto en sus correspondientes estatutos, en cuanto no se oponga a lo previsto en la normativa vigente sobre el seguro privado.

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