LexTotal

Legislación › Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.

Disposición transitoria segunda. Régimen provisional.

Disposición transitoria segunda. Régimen provisional.

En tanto no se produzca el desarrollo reglamentario de esta ley, continuarán en vigor todas aquellas disposiciones de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas que no se opongan o contradigan lo dispuesto en aquella.

← Disposición transitoria primera Índice Disposición derogatoria única →