Legislación › Ley 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo.
Disposición final tercera. Creación y regulación del Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía.
Disposición final tercera. Creación y regulación del Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía.
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente se creará, por decreto de la consejería competente en materia de trabajo autónomo, el Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía, contemplado en el artículo 14.
← Disposición final segunda Índice Disposición final cuarta →


