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Legislación › Ley 11/2012, de 14 de junio, de Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 42. Cuotas participativas.

Artículo 42. Cuotas participativas.

1. Las cuotas participativas de las cajas de ahorros son valores negociables que representan aportaciones dinerarias de duración indefinida, que pueden ser aplicadas en igual proporción y a los mismos destinos que los fondos fundacionales y las reservas de la entidad.

2. Las cuotas participativas podrán conferir a sus titulares la representación de sus intereses en los órganos de gobierno de la caja de ahorros emisora en los términos previstos en la presente ley.

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