Legislación › Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia.
Artículo 26. Inspección de la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia.
Artículo 26. Inspección de la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia.
Las personas titulares o gestoras de los centros integrados en la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia deberán permitir el acceso y la inspección de la consejería competente en materia de bibliotecas, a través del órgano de dirección y coordinación del sistema, y facilitar la información que se les solicite para comprobar el cumplimiento de la normativa vigente.


