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Legislación › Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia.

Artículo 33. Infracciones.

Artículo 33. Infracciones.

1. Constituyen infracciones administrativas en materia de bibliotecas las acciones y omisiones que se tipifican en este título.

2. Cuando la acción u omisión vulnere el régimen específico de protección otorgado a los bienes culturales por la legislación reguladora del patrimonio cultural de Galicia, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones previsto en ella.

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