Legislación › Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
Disposición final segunda. Remisión normativa para el déficit estructural.
Disposición final segunda. Remisión normativa para el déficit estructural.
El déficit estructural máximo permitido a la Comunidad Autónoma, así como la metodología y el procedimiento para su cálculo y la responsabilidad en caso de incumplimiento, se ajustará a lo previsto por la Ley Orgánica que el Estado apruebe en desarrollo del artículo 135 de la Constitución Española.
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