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Legislación › Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

No obstante lo anterior, el artículo 15 de la presente Ley entrará en vigor para la elaboración del presupuesto del ejercicio siguiente a la entrada en vigor de la presente Ley.

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