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Legislación › Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.

Disposición transitoria duodécima. Normativa exigible al procedimiento de reconocimiento de obra de equipamiento comunitario.

Disposición transitoria duodécima. Normativa exigible al procedimiento de reconocimiento de obra de equipamiento comunitario.

A los efectos de lo establecido en las letras i) y j) del artículo 52 de la presente ley, a las solicitudes de reconocimiento de obras de equipamiento comunitario pendientes de resolución a 31 de diciembre de 2020, se le aplicará la normativa vigente a dicha fecha.

Se añade por la disposición final 1.14 de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre. BOE-A-2021-2396

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