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Legislación › Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.

Artículo 11. Límites.

Artículo 11. Límites.

1. La Administración Pública cumplirá con su deber de información pública a la ciudadanía de conformidad con lo previsto en esta Ley Foral, y en su ejercicio respetará las condiciones y los límites impuestos por la legislación foral, estatal o comunitaria que sean de aplicación.

2. A estos efectos, siendo el principio de transparencia un principio general, cualquier excepción al mismo o cualquier limitación han de venir impuestas por una norma con rango de ley e interpretarse en su aplicación de forma restrictiva.

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