Legislación › Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.
Disposición adicional duodécima. Simplificación en la tramitación de licencias.
Disposición adicional duodécima. Simplificación en la tramitación de licencias.
El Gobierno de Navarra procederá, con la participación de los distintos Colegios Profesionales y de los distintos organismos que persiguen el impulso de la actividad económica que se considere conveniente, a la elaboración de un proyecto de Ley Foral para la modificación de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental y del procedimiento establecido para la concesión de las licencias de actividad y de apertura. Así como de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con las licencias de obra, con objeto de: a) simplificar la tramitación de las mismas; b) introducir con carácter efectivo las figuras de declaración responsable y comunicación previas a que se refieren los artículos 11 y 12 de la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales, y c) reducir los umbrales de las actividades sometidas a licencia de actividad clasificada. Igualmente procederá a la revisión de las actividades del anexo 4 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Foral 4/2005.
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