LexTotal

Legislación › Ley 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.

Artículo 13. Patrimonio.

Artículo 13. Patrimonio.

La Comunidad Autónoma del País Vasco adscribirá a la agencia los bienes y el patrimonio precisos para el desarrollo de sus funciones.

El patrimonio de la agencia se encontrará integrado en el patrimonio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y regulado por la normativa aplicable a dicho patrimonio.

← Artículo 12 Índice Disposición adicional →