Legislación › Ley 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
En el plazo de seis meses, a partir de la publicación de la ley, el Gobierno Vasco dictará cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo, incluida la adaptación de los estatutos de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco a esta Ley.
← Disposición derogatoria Índice Disposición final segunda →


