Legislación › Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.
Artículo 26. Dirección General de la Academia.
Artículo 26. Dirección General de la Academia.
1. La Dirección General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias constituye el órgano ejecutivo del Organismo autónomo y le corresponde su dirección y representación ordinaria, y es responsable del funcionamiento de los servicios que la integran.
2. El nombramiento y cese de su titular tendrá lugar, por decreto del Gobierno Vasco, a propuesta del titular del departamento competente en seguridad pública, y tendrá el carácter de alto cargo con rango de viceconsejero o viceconsejera.
3. La Dirección General de la Academia ostenta la representación legal de la Academia de Policía y Emergencias del País Vasco, y a su titular corresponde la dirección, gestión, coordinación e inspección de sus servicios y actividades, así como el ejercicio de todas aquellas facultades para el cumplimiento de los fines encomendados al organismo autónomo que no se encuentren atribuidas a otros órganos.


