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Legislación › Ley 17/2012, de 28 de junio, de Creación del Colegio Vasco de Periodistas.

Artículo 5. Régimen jurídico.

Artículo 5. Régimen jurídico.

1. El Colegio Vasco de Periodistas se regirá por la legislación de colegios oficiales y profesionales así como por sus estatutos y, en su caso, por el reglamento de régimen interior.

2. Los estatutos regularán aquellas materias que determine la Ley de Colegios Profesionales, observando para su elaboración, aprobación o modificación los requisitos que determine la legislación vigente.

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