Legislación › Decreto-ley 1/2012, de 26 de junio, de medidas para cumplir el Plan económico financiero de reequilibrio de la Generalidad de Cataluña y otras necesidades derivadas de la coyuntura económico-financiera.
Disposición adicional. Tasas y precios públicos.
Disposición adicional. Tasas y precios públicos.
Con efectos desde el 24 de marzo de 2012, se mantiene la vigencia del apartado 7.º del artículo 22.4 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, en la redacción dada por la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras.


