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Legislación › Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Disposición adicional decimotercera. Llevanza electrónica de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

Disposición adicional decimotercera. Llevanza electrónica de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

La obligación de llevanza en formato electrónico de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, de conformidad con el artículo 19 de esta Ley, será efectiva en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley.

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