Legislación › Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Disposición transitoria. Régimen transitorio en materia concursal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de septiembre de 2013 y la del 1 de septiembre de 2020.
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Disposición transitoria. Régimen transitorio en materia concursal.
Los (Derogada)
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.j) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. BOE-A-2020-4859
Redacción anterior:
"Los concursos declarados antes de la fecha de entrada en vigor de esta norma, en cuanto a las normas establecidas en el Capítulo V del Título I, seguirán rigiéndose hasta su terminación por la normativa concursal anterior a esta Ley. Ley."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4859 | Leer | Qué cambió |
| 29 de septiembre de 2013 | Texto original | Leer |
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