Legislación › Real Decreto 668/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
El objeto del presente real decreto es el establecimiento del título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo contenido en el Real Decreto 254/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Atletismo, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas.
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.


