Legislación › Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla.
Artículo 26. Otros principios relativos al régimen concesional.
Artículo 26. Otros principios relativos al régimen concesional.
1. En los casos de nuevas concesiones de agua para abastecimiento de nuevas urbanizaciones o nuevos asentamientos urbanos en general, se exigirá la preceptiva autorización de la autoridad urbanística competente.
2. Los pozos que, ya actualmente, se destinan al abastecimiento urbano, deberán inscribirse en el Registro de Aguas.


