LexTotal

Legislación › Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla-La Mancha.

Artículo 3. Ámbito subjetivo.

Artículo 3. Ámbito subjetivo.

La presente ley será de aplicación a los sujetos siguientes:

a) Las empresas dedicadas a la fabricación, comercialización, distribución, instalación y mantenimiento del material relacionado con el juego y las apuestas, así como otras actividades conexas.

b) Las personas físicas y jurídicas que intervengan en la gestión, explotación y práctica de los juegos y las apuestas.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →