Legislación › Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla-La Mancha.
Artículo 32. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 32. Prescripción de infracciones y sanciones.
1. Las infracciones leves prescribirán al año, las graves a los dos años, y las muy graves a los tres años.
2. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas muy graves a los tres años.


