LexTotal

Legislación › Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Artículo 17. Ámbito de aplicación del procedimiento de coordinación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de octubre de 2013 y la del 1 de septiembre de 2017. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 17. Ámbito de aplicación del procedimiento de coordinación.
1. El procedimiento de coordinación establecido en esta sección se aplicará a las instalaciones que requieran los medios de intervención administrativa de la Administración General del Estado enunciados en el artículo 3.2 3.3 del Texto Refundido de la Ley 16/2002, de 1 prevención y control integrados de julio, la contaminación, y además requieran una evaluación de impacto ambiental de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental 21/2013, de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, 9 de 11 diciembre, de enero. Evaluación Ambiental.
Los documentos que sean comunes para varios de los procedimientos mencionados, se presentarán sólo una vez siempre que incluyan todos los requisitos previstos en las distintas normas aplicables. aplicables, en cuyo caso, la administración receptora de los documentos los remitirá a las restantes administraciones.
2. A los efectos de esta sección se entenderá por «órgano sustantivo» “órgano sustantivo” y «órgano ambiental» “órgano ambiental” los definidos, respectivamente, definidos en los apartados 2 y 3 del artículo 2 del texto refundido de la Ley 21/2013, de Evaluación 9 de Impacto Ambiental diciembre, de proyectos.
Evaluación Ambiental. Asimismo, el «titular “titular de la instalación» instalación” será el «promotor “promotor del proyecto», proyecto”, de acuerdo con el artículo 2.4 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. citada ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2017 En vigor BOE-A-2017-10054 Leer Qué cambió
20 de octubre de 2013 Texto original Leer

← Artículo 16 Índice Artículo 18 →