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Legislación › Ley 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria.

Artículo 30. Órganos de la sociedad.

Artículo 30. Órganos de la sociedad.

1. Son órganos de la sociedad cooperativa, los siguientes:

a) La asamblea general.

b) El consejo rector.

2. Igualmente la sociedad cooperativa podrá prever la existencia de un órgano de intervención, un comité de recursos y de otras figuras de carácter consultivo, cuyas funciones se determinen en los estatutos, sin que, en ningún caso, éstas puedan confundirse con las propias de los órganos sociales.

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